lunes, 27 de abril de 2009

COMUNICADO DEL CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL

Comunicado de Prensa CNREE
Fecha: 24/04 06:01 PM

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL
Ente rector en materia de discapacidad

COMUNICADO DE PRENSA

CNREE RECHAZA AMPLIAR PLAZO PARA QUE BUSES SEAN ADAPTADOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Con el objetivo de velar por el desarrollo integral de las personas con discapacidad, el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE),
ente rector en esta materia manifestó, mediante su directora ejecutiva, Adriana Retana Salazar, su rotunda oposición a una nueva reforma del párrafo primero
del Artículo 46 Bis de la Ley 7600, que pretende abrir el portillo para que los autobuseros cuenten con cinco años más de plazo para adaptar las unidades
de transporte público a las necesidades de las personas con discapacidad.

Funcionarios del CNREE, encabezados por la Directora Ejecutiva y representantes del Comité de Información de las Personas con discapacidad se presentaron
ayer lunes a la sesión de la Comisión de Gobierno y Administración en la Asamblea Legislativa para defender los derechos de ese colectivo, sin embargo
los diputados votaron a favor de conocer nuevamente la iniciativa de ampliación de plazo y enviarla al Plenario en sesiones extraordinarias. El sector
discapacidad mantendrá la lucha por defender su derecho a utilizar los autobuses.

El texto original de la ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con discapacidad fijaba como límite el año 2008 para que el 100% de los
autobuses contaran con rampas, pisos antideslizantes y timbres luminosos, en respeto al derecho de la población con discapacidad de utilizar el sistema de transporte público.

En el año 2007, los autobuseros negociaron una ampliación de ese plazo, que les permitirá adecuar las unidades al año 2014.

Con el expediente No. 17.267, publicado en la Gaceta No. 67 del Lunes 6 de abril del 2009, se pretende que mediante la ampliación de la vida útil de las
unidades de 15 a 20 años, se les conceda una segunda prórroga para realizar las adaptaciones hasta el año 2019.

Si se prorrogan los años de vida útil de los autobuses de quince a veinte años, automáticamente disminuye el porcentaje de la flota que debe estar accesible
en los plazos estipulados. Una ruta con autobuses inadaptados al prorrogarse este plazo, tardará más tiempo en adquirir modelos nuevos y por tanto la exigencia
de cumplir las condiciones de accesibilidad.

“La propuesta de reforma al artículo 46 Bis de la Ley 7600 no resulta beneficiosa para las personas con discapacidad. Lo anterior, porque con ella se socavan
los principios de seguridad y certeza jurídica, pilares de un Estado Democrático como el nuestro y nos apartamos de las obligaciones contraídas con la
nueva Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, recientemente ratificada por la Asamblea Legislativa” indicó Retana Salazar.

Dicha Convención expresa entre sus motivaciones que, “pese a los diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando
barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas las partes
del mundo”.

“En los últimos años, hemos visto con preocupación, como cuando se trata de cumplir las regulaciones de la Ley 7600 y sobre todo en el sector transporte,
se utilizan mecanismos legales de dilatación sin consideración de los intereses de la población vulnerable, a la cual beneficia esta ley” agregó la directora
del ente rector.

En cuanto al tema de la seguridad e integridad física de los pasajeros, se debe tomar en cuenta que cuanto más uso tenga una unidad mayor es el riesgo
de sufrir u ocasionar accidentes. La revisión técnica, cumple un papel preventivo, pero aún los controles sobre la accesibilidad son muy débiles y las adaptaciones que se les pueden hacer a unidades viejas técnicamente no garantizan suficiente seguridad para los usuarios.

Para ilustrar lo anterior, citamos el informe presentado por el Consejo de Transporte Público, el pasado 16 de diciembre de 2008, el cual indica que solo
un 23.75% de la flotilla de autobuses ha cumplido con la obligación de adaptar rampas en el año 2008, lo cual reveló que existió una mora del 7.25 %, de
acuerdo con lo que establece el Transitorio VIII de la Ley 7600, ello a pesar de que los transportistas alegaban la necesidad de prorrogar a ocho años más para poder cumplir.

La Convención sobre los Derechos Humanos de las personas con Discapacidad le otorga al Estado la obligación de adoptar todas las medidas legislativas,
administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en esa Convención. Al tenor de esa obligación es de
importancia recordarles a los legisladores que el transporte es una de las principales herramientas que le permiten a las personas con discapacidad tener
acceso a otro conjunto de derechos fundamentales.

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